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Mostrando entradas de mayo, 2022

Se requiere profesionales para Inscripción en el Sector Pesquero y en el Sector Sanitareo

  INCRIPCION EN EL SECTOR PESQUERO   D1. PARA LA INSCRIPCIÓN DE CONSULTORA AMBIENTAL EN EL SECTOR PESQUERO   1.     Se requiere profesional Ingeniero Pesquero titulado y colegiado con verificación en el registro de SUNEDU, que cuente con cursos o diplomados en estudios ambientales y/o temática ambiental que acrediten mínimo 24 créditos o con 240 horas lectivas, con experiencia mínima de 5 años relacionada a la participación en la elaboración o evaluación de estudios ambientales o instrumentos de gestión ambiental complementarios al SEIA del subsector pesca y acuicultura.   2.     Se requiere profesional Ingeniero Acuícola titulado y colegiado con verificación en el registro de SUNEDU, que cuente con cursos o diplomados en estudios ambientales y/o temática ambiental que acrediten mínimo 24 créditos o con 240 horas lectivas, con experiencia mínima de 5 años relacionada a la participación en la elaboración o evaluación de estudios ambientales o instrumentos de gestión ambienta

CHARLA VIRTUAL GRATUITA SOBRE EL VENCIMIENTO DEL PLAZO PARA LA ADECUACIÓN DE INSTRUMENTOS AMBIENTALES CORRECTIVOS EXIGIDOS PARA EL SECTOR TRANSPORTE D.S 040-2019-MTC.

 Buen Día Le saluda  Consultoria Carranza y nos dirigirme a usted para invitarle a la charla virtual gratuita que estamos organizando sobre "EL VENCIMIENTO DEL PLAZO PARA LA ADECUACIÓN DE INSTRUMENTOS AMBIENTALES CORRECTIVOS EXIGIDOS POR EL DECRETO SUPREMO 040-2019-MTC." para el dìa 26 de Mayo a las 4:00 pm via google Meet. Le envio el enlace del formulario de inscripción él cual debe llenar para recibir el enlace de la charla https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSeexqqmBpyd-6HHkdnsIEyR7VoxbjIWXTYLTougIplwD5y0gA/viewform?usp=pp_url

DECRETO SUPREMO N° 006-2022-TR

Decreto Supremo que modifica el artículo 1 del Decreto Supremo N° 012-2014-TR y el artículo 112 del Reglamento de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2012-TR Artículo 1. Modificación del artículo 1 del Decreto Supremo N° 012-2014-TR, Decreto Supremo que aprueba el Registro Único de Información sobre accidentes de trabajo, incidentes peligrosos y enfermedades ocupacionales y modifica el artículo 110 del Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo Artículo 112.- En aquellas zonas geográficas en las que no exista acceso a Internet, con carácter excepcional, la notificación de accidentes de trabajo, incidentes peligrosos y enfermedades ocupacionales se efectúa por los empleadores y centros médicos asistenciales, según corresponda, mediante el empleo de los siguientes instrumentos: - Formulario para la notificación de Accidentes de Trabajo Mortales. - Formulario para la notificación de Accidentes de Trabajo no Mortales. -

DECRETO SUPREMO Nª008-2020-TR Art 48 (nuevas escalas de multas laborales)